jueves, 23 de octubre de 2014

Esfuerzos del desempleado para conseguir un empleo

Los esfuerzos realizados por los desempleados en la búsqueda activa de empleo, especialmente formados conducen a las siguientes conclusiones. Es desempleado es invitado a una primera reunión con el líder después de quince meses de desempleo o después de veintiún meses de desempleo (esto si se es menor de 25 años de edad). La primera entrevista es buscando un trabajo, los esfuerzos de los desempleados durante el periodo de doce meses antes de la entrevista a evaluar. Los esfuerzos se evalúan teniendo en cuenta la situación personal de los desempleados y la situación del mercado laboral.

Si sus esfuerzos no son suficientes, una nueva reunión se llevará a cabo dieciséis meses más tarde. Si los esfuerzos son de nuevo insuficientes o inadecuados, un plan de acción se le ofrecería a los desempleados durante cuatro meses seguidos, y se insta a adoptar las medidas que se puedan esperar de él.

Una segunda entrevista se realiza cuatro meses más tarde para determinar si la persona desempleada ha cumplido con su plan de acción. Si este es el caso, una nueva reunión se llevará a cabo doce meses más tarde. Si el desempleado no ha cumplido con su plan de acción, que causa una pena limitada y temporal (de hasta cuatro meses); ya sea una reducción en la cantidad de la prestación por desempleo o una suspensión del pago de derechos de emisión. Además de los desempleados nuevamente se comprometen a llevar a cabo operaciones bajo un nuevo plan de acción, que se ofrece para los próximos cuatro meses.

El tercer mantenimiento se lleva a cabo cuatro meses después. Si el desempleado ha cumplido su segundo plan de acción, lleva la ventaja de su atribución completa y el mantenimiento lleva doce meses más tarde. Si puede estar en situación de desempleo, sin embargo, falla su plan de acción y puede ser excluido del beneficio de certificados. Sin embargo, si hay una prestación por desempleo para el cabeza de familia o cohabitante, cuyos ingresos son bajos, esta exclusión es un período de seis meses mientras que el desempleado continúa recibiendo una asignación reducida. En cualquier etapa del procedimiento de los desempleados puede acompañarse por una persona de su elección (durante la primera entrevista) o por un administrador. El sancionado desempleado puede reclamar ante l administración y los tribunales laborales.